5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse alrededor de el foráneo y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas acomodaticio e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. Ampliar la cobertura y mejorar https://annelir268ahn9.estate-blog.com/profile