Como así recoge el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, en su apartado primero y segundo, el plazo para ejercitar acciones derivadas del contrato sobre percepciones económicas o cumplimiento de obligaciones de tracto único prescribirá en el plazo de un año desde que la batalla se pudo ejercitar. Ahora https://judahrmhex.blogadvize.com/43227462/los-principios-básicos-de-demanda-laboral-ecuador